División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área servicios financieros, economia y comercio
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área servicios financieros, economia y comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10570
1º de agosto, 2006
FOE-FEC-0529
MBA.
Marvin Rodríguez Calderón
Gerente General
OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL, S.A.
Estimado señor:
Asunto:
Autorización para utilizar la provisión que se incluyó en el presupuesto ordinario 2006 para realizar el pago del aumento de salarios del segundo semestre del año 2006 en la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y Desarrollo Comunal.
Nos referimos a su oficio Nro. PEN-849-2006 del 21 de julio, en el cual solicita autorización para utilizar la provisión que se incluyó en la modificación Nro. 1-2006 al presupuesto vigente de esa Operadora, con el fin de hacer efectivo el aumento general de salarios del segundo semestre de este año para el personal de esa Entidad, correspondiente a un 5.31% a partir del 1 de julio del presente período, tomando en cuenta que ese fue el porcentaje de incremento en el Índice de Precios al Consumidor, según lo determinó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Al respecto nos permitimos indicarle lo siguiente:
1. Esta Contraloría General autoriza que se proceda conforme con lo solicitado, partiendo de que en el acuerdo Nro. 4 de la sesión Nro. 224 del 7 de junio del 2006, la Junta Directiva de esa Operadora autorizó que dicho aumento salarial se concediera en los mismos términos que el aprobado para el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, socio fundador de esa Sociedad Anónima. Este aspecto se deja a entera responsabilidad de esa Administración.
2. Para la aplicación de futuros aumentos salariales en esa empresa, los términos de los aumentos salariales a conceder deben estar clara y expresamente establecidos en un acuerdo de Junta Directi ...
Fecha publicación: 04/08/2006
Fecha emisión: 01/08/2006
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
2
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10694
04 de agosto, 2006
FOE-FEC-0536
Máster
Ana Lucía Solano Garro
Directora Ejecutiva
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO (INFOCOOP)
Estimada señora:
Asunto:
Autorización para que INFOCOOP formule movimiento interno.
En atención a su oficio Nro. D.E-1877-2006, mediante el cual, solicita el aval de este Despacho e indicaciones para ajustar el Sistema de Información de Presupuestos Público (SIPP), ante la necesidad de efectuar cambio de beneficiario de la transferencia a Consorcio La Catalina, R.L., (Recursos no reembolsables PL-480) a la COOPEMUPRO, R.L., debido a que se presenta un remanente por la suma de ¢3.5 millones, cuyos recursos serán utilizados en el fortalecimiento de la gestión de esa Cooperativa, así como la continuación del programa de trabajo establecido por el INFOCOOP; se le comunica que con base en la información suministrada y teniendo presente que la aprobación dada por esta Contraloría General fue a nivel de partida, se toma nota del cambio de beneficiario propuesto.
Por otra parte, en lo que a los registros del Sistema de Información de Presupuestos Públicos (SIPP), se refiere lo que procede es que realicen un movimiento interno con el cambio de beneficiario.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Área
LNC/RMS/hbh
ci:
Junta Directiva, INFOCOOP
Auditoría Interna, INFOCOOP
Archivo Central (2)
Expediente: Oficios- INFOCOOP y Liq.Presup.2006 (Modificaciones internas-2006).
Ni:
16801
G:
2005006082-7 (m)
] ...
Fecha publicación: 31/07/2006
Fecha emisión: 28/07/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10571
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios de Financieros, Economía y Comercio
-4-
1º de agosto, 2006
FOE-FEC-0530
Master
Ana Lucía Solano Garro
Directora Ejecutiva
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
San José
Estimada señora:
Asunto:
Aprobación parcial de la modificación externa Nro.1 al presupuesto vigente del Instituto de Fomento Cooperativo.
Con la aprobación parcial de esta Contraloría General, se le remite la modificación externa Nro. 1 al presupuesto vigente de esa Institución, la cual ingresó en esta Oficina para su análisis el 18 de julio y se complementó con información indispensable para su trámite los días 25, 26, 27 y 28 de ese mismo mes.
Sobre el particular, se le indica lo siguiente:
1. Se aprueba, entre otros aspectos el contenido presupuestario asignado a:
1.1. La provisión salarial en las subpartidas de egresos correspondientes, para hacerle frente al eventual aumento general de salarios del segundo semestre del año 2006, por un 5% con base en lo dispuesto en el punto 4 del Capítulo 2 de los Egresos, de la circular Nro. 5126 emitida por esta Contraloría General en octubre de 1998.
En cumplimiento de esa circular y con el fin de mantener actualizada la información salarial del INFOCOOP, en el mes en que se haga efectivo el aumento general, deben remitir a este Órgano Contralor un ejemplar de la “Relación de puestos” que quede rigiendo una vez se incorpore el aumento concedido conforme con la normativa jurídica vigente.
1.2. El pago a la Caja Costarricense del Seguro Social, por concepto de cuotas patronales de la señora Patricia Guzmán; no obstante, de previo a hacer efectivo el gasto la Administración deberá verificar el reclamo de la parte interesada y elaborar una resolución administrativa, debidamente razonada en la que se determine la obligación y se ord ...
Fecha publicación: 31/07/2006
Fecha emisión: 28/07/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
Proceso: ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10395
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Ernesto Hip Ureña
-2-
25-7-2006
26 de julio, 2006
FOE-FEC-0526
Licenciado
Ernesto Hip Ureña
Gerente General
BN-VITAL OPERADORA DE PLANES
DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS S.A.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Autorización para el uso de la provisión salarial que se aprobó en el presupuesto para el año 2006, para pagar el incremento de salarios a partir del 1° de julio del 2006 (ajuste por costo de vida) para los funcionarios de BN VITAL OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS S. A.
En atención a su oficio BNV-OPC-424-06, de fecha 20 de julio, se le informa que se autoriza el uso de la provisión que se aprobó en el presupuesto para el año 2006, con el fin de que se utilice para pagar el incremento general de salarios (ajuste por costo de vida), para los funcionarios de esa Sociedad, de un 5.31%, que rige a partir del 1 de julio del año en curso, según lo acordado por la Junta Directiva de esa Sociedad.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Área
APB/LNC/hbh
ci
Junta Directiva-BN VITAL
Gerencia Administrativa Financiera-BN VITAL
Recursos Humanos-BN VITAL
Auditoría Interna-BN VITAL
Archivo Central (2)
Expediente
Ni:
17457
G:
2005006086-7
] ...
Fecha publicación: 29/07/2006
Fecha emisión: 26/07/2006
Institución: BN VITAL BANCO NACIONAL
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1277
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Donald Murillo Pizarro 2
04/02/2005
4 de febrero, 2005
FOE-FEC-110
Licenciado
Donald Murillo Pizarro
Gerente General
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende recurso de revocatoria interpuesto contra el oficio Nro. 636 del 21 de enero del 2005.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-0086-2005 del 26 de enero, recibido en esta oficina el 28 de ese mismo mes, mediante el cual interpone recurso de revocatoria y nulidad concomitante (con apelación en subsidio) contra lo dispuesto en nuestro oficio Nro. 636 (FOE-FEC-069) del pasado 21 de enero, en donde se declara inadmisible el recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra el memorial oficio Nro. 16412 (FOE-FEC-955) del 17 de diciembre del 2004, por haber sido presentado en forma extemporánea.
Al respecto nos permitimos comunicarle que en materia de impugnación conviene recordar que los actos consultivos por si mimo no constituyen un acto administrativo en sentido estricto, puesto que no producen un efecto jurídico inmediato, sino que lo tienen –eventualmente- a través del acto administrativo que se dicte posteriormente. (Ver Dormí, J.R., “El Procedimiento Administrativo”, Instituto de Estudios de Administración Local, Madrid, 1986, p. 144).
En cuanto al punto en análisis, concluye el autor en referencia que:
“Ello resulta de la interpretación del principio de que ‘toda declaración administrativa que produce efectos jurídicos individuales e inmediatos es impugnable’. Esto quiere decir que las declaraciones que no produzcan efectos jurídicos en forma individual e inmediata, no son impugnables administrativa ni judicialmente, dado que para esos efectos se requiere que la decisión admin ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 03/02/2005
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1654
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Minor Enrique Calderón
2
14 de febrero, 2005
14 de febrero, 2005
FOE-FEC-144
Licenciado
Minor Enrique Calderón
Auditor Interno
JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA
ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS (JUDESUR)
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre la legalidad de que los directivos de JUDESUR puedan recibir aguinaldo sobre dietas.
Nos referimos a su oficio Nro. AUDI-0-007-05 del 3 de febrero, recibido en esta oficina el 7 de ese mismo mes, mediante el cual plantea las siguientes interrogantes:
1. ¿Es legalmente viable que los directivos de JUDESUR, tomen un acuerdo para autorizarse a ellos mismos el pago de aguinaldo sobre dietas?
2. ¿Pueden los directivos de JUDESUR recibir aguinaldo, a pesar de que no existe entre la institución y ellos una relación laboral?.
Al respecto nos permitimos comunicarle que el reconocimiento del pago de aguinaldo sobre dietas es reserva de ley, y que la ley que ha facultado, bajo ciertas condiciones, a otorgar este beneficio a los directivos de las instituciones autónomas, semiautónomas (dentro de las que se encuentra JUDESUR) y municipalidades es la Ley Nro. 1981, que en su artículo 5 establece:
“ARTICULO 5º.- Cuando las circunstancias económicas de cada Institución lo permitan, se podrán conceder los beneficios de esta ley a los miembros de las respectivas Juntas Directivas”.
Por lo tanto, el eventual pago del décimo tercer mes a los directivos de las referidas instituciones, procederá, siempre y cuando, las circunstancias económicas de cada institución lo permitan y cuenten con el contenido presupuestario debidamente aprobado. De no cumplirse con estas condiciones, cualquier reconocimiento en ese sentido resultaría ilegal.
Ello implica que, si económicamente ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 11/02/2005
Institución: JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 2738
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Marvin Rodríguez Calderón
2
7 de diciembre, 2004
9 de marzo, 2005
FOE-FEC-226
MBA.
Marvin Rodríguez Calderón
Gerente General
POPULAR PENSIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Estimado señor:
Asunto:
Se autoriza para hacer uso de la provisión incluida en el presupuesto ordinario del 2005, con el fin de hacer efectivo el aumento salarial para el primer semestre del 5% al salario de todos los funcionarios de Popular Pensiones S.A.
En atención a su oficio Nro. PEN-198-2005 del 22 de febrero del año en curso, por medio del cual nos solicita autorización para hacer uso de la provisión incluida en el presupuesto ordinario del 2005, con el fin de hacer efectivo el aumento salarial del 5% al salario de todos los funcionarios de esa empresa, a partir del 1 de enero, nos permitimos indicarle que esta Oficina está anuente a que se proceda según lo solicitado.
Atentamente,
MBA. Luis Fernando Campos Montes
Gerente de Área
LNC/MRM/gcc
ci
Junta Directiva Popular OPC
Auditoria Interna Popular OPC
Archivo Central (2)
Expediente
Ni:
4404
G:
2004006612-3
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 09/03/2005
Institución: OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S.A
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES DE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11856
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Willian Hayden Quintero
4
23 de setiembre, 2005
23 de setiembre, 2005
FOE-FEC-776
Licenciado
William Hayden Quintero
Gerente General
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre si los servicios de cajero, dentro de los bancos del Estado, constituyen actividad sustantiva.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-0267-05 del pasado 3 de agosto, mediante el cual solicita nuestro criterio sobre si los servicios de cajeros dentro de los bancos del Estado es una actividad sustantiva, y en caso de que no sea calificada como tal, si están en capacidad de contratar por out sourcing dichos servicios, ya sea en forma individual y/o a través de una compañía externa, a tiempo completo o a medio tiempo. Aclara a su vez que la intención no sería contratar estos servicios por medio de una Sociedad Anónima Laboral.
Criterio legal de la institución
Para efectos de la consulta se adjunta el criterio de la Dirección Jurídica Nro. D.J./0747-2005 de fecha 7 de julio del 2005, en el que se hace referencia a otros oficios emitidos sobre el particular por la misma Dirección Jurídica
, y en los que se desprende lo expuesto a continuación:
· Sobre la contratación de servicios a la luz de la figura “outsourcing”, es necesario tener presente que, tratándose de la administración pública, por disposición del ordenamiento jurídico; únicamente es posible contratar externamente, aquellos servicios que, de acuerdo con el ámbito de las competencias asignadas a la institución contratante, califican como actividades auxiliares de apoyo o no consustanciales del servicio público o de la administración o institución.
· El servicio de cajas representa una actividad sustantiva, la cual no puede ser susceptible de ser ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 22/09/2005
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10202
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Rodrigo Castro Fonseca
2
24 de agosto, 2005
24 de agosto, 2005
FOE-FEC-686
Licenciado
Rodrigo A. Castro Fonseca
Ministro de Turismo
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre la potestad del ICT de vender servicios en el marco del Programa de Certificación para la Sostenibilidad Turística.
Nos referimos a su oficio Nro. DM-605-05 del 19 de mayo, mediante el cual remite el criterio legal relacionado con el Programa de Certificación para la Sostenibilidad Turística, conocido como CST, en complemento al oficio Nro. DM-103-05, en el que consultaba la potestad del Instituto Costarricense de Turismo para la venta de servicios en el marco del Programa de Certificación señalado.
1.
Generalidades del Programa de Certificación para la Sostenibilidad Turística y de la Comisión Nacional de Acreditación:
El CST fue establecido en el año 1997 mediante el Decreto Ejecutivo Nro. 27235 como un programa típico de certificación, diseñado sobre estándares de sostenibilidad, con el propósito de categorizar y diferenciar empresas turísticas de acuerdo con el grado en que su operación se acerque a un modelo de sostenibilidad en el que se reconocen los esfuerzos de la mitigación de impactos no deseados y la aplicación de buenas prácticas sociales, ambientales y económicas.
La categorización de las empresas de acuerdo con el programa CST se realiza mediante un manual de categorización diseñado exclusivamente para este propósito.
En el mismo decreto se crea la Comisión Nacional de Acreditación del CST, como ente encargado de dictar las políticas, emitir las directrices y otorgar las respectivas categorizaciones a las empresas que han sido evaluadas. Está integrada por un representante d ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 23/08/2005
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10200
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
MBA. Ana Emilia Chinchilla
2
24 de agosto, 2005
24 de agosto, 2005
FOE-FEC-685
MBA.
Ana Emilia Chinchilla N.
Dirección de Relaciones Públicas y Publicidad
BANCO CREDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
Estimada señora:
Asunto:
Se atiende consulta sobre la aplicación de las leyes Nros. 4325 y 8346 a BANCREDITO.
Nos referimos a su oficio sin número del pasado 10 de junio mediante el cual plantea las siguientes interrogantes, con el fin de dar cumplimiento al artículo primero de la Ley Nro. 4325 y a la Ley Orgánica del SINART, Nro. 8346:
1. Cuál es la manera más conveniente de planificar o presupuestar anualmente por concepto de campañas o por porcentajes de pauta en medios de comunicación?
2. Se está en la obligación de cumplir los alcances de la Ley Nro. 4325, artículo primero, sólo cuando se establece un presupuesto de pauta para radio y televisión?
3. La fiscalización o el control del cumplimiento de la Ley Nro. 4325 en su artículo primero debe darse a priori sobre la partida global asignada al rubro de información y publicidad, o sobre presupuesto ejecutado en radio y televisión?
4. Aplica el monto designado al SINART al cumplimiento de la Ley Nro. 4325?
5. Es necesario que el Banco realice cambios o ajustes en su sistema contable para el registro de la cuenta de Información y Publicidad, o se puede seguir trabajando con la Matriz que esta Dirección tiene establecida?
En primer término, resulta oportuno transcribir las disposiciones normativas que tienen incidencia directa sobre el asunto que nos ocupa. En lo que respecta a la Ley Nro. 4325, interesa fundamentalmente el contenido de su artículo 1º y, por el contexto de la consulta inferimos que el artículo de la Ley Orgánica del SINART, Nro. 8346, a que se refieren, e ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 23/08/2005
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION